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miércoles 08 de mayo de 2024

El etiquetado frontal de alimentos suma nuevos derechos

viernes 05 de noviembre de 2021
El etiquetado frontal de alimentos suma nuevos derechos

Los desacuerdos políticos en la Cámara de Diputados demoraron la aprobación de la Ley de etiquetado frontal de alimentos que ya tenía media sanción del Senado, pero finalmente los planetas se alinearon para dar más derechos a los consumidores.

[caption id="attachment_336063" align="alignleft" width="201"]Por Daniel Temperoni Por Daniel Temperoni[/caption]

Básicamente, por esta vía se advertirá sobre excesos de azúcar, sodio, grasas saturadas, calorías y grasas totales.

La nueva norma pone su mirada sobre los fabricantes, así como los fraccionadores y los envasadores que tengan la tarea de distribuir, comercializar o importar, habiendo puesto su marca o sean parte integrante de cadenas de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas en el territorio argentino.

Los productos deberán exhibir leyendas tales como “exceso en sodio”, “exceso en azúcar” y “exceso en grasas saturadas”.

La legislación tiene como objetivo promover la prevención de la malnutrición y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.

Por debajo de los octógonos negros respectivos, los envases tendrán que llevar consignas como “contiene edulcorantes” o “contiene cafeína”, a manera de información preventiva.

El tamaño de cada sello negro con letras blancas no podrá ser menor al 5% de la superficie de la cara principal del recipiente.

La ley prohíbe cualquier forma de publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y bebidas analcohólicas que estén envasados con al menos un sello de advertencia dirigido especialmente a niños, niñas y adolescentes.

Están exceptuados de la colocación de los octógonos negros informativos el azúcar común, los frutos secos y los aceites vegetales.

También está prohibido incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.

Argentina se suma a países como Chile, Colombia, México, Perú y Uruguay que ya tienen leyes de etiquetado frontal de alimentos.

Se trata de incorporar derechos para los consumidores, con más y mejor información sobre el contenido de alimentos y bebidas que pueden estar por elegir para ellos y sus familias.

En línea con la Ley de Defensa del Consumidor, los derechos constitucionales consagrados y la Ley de Góndolas.

Twitter: @danieltemperoni

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