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martes 16 de abril de 2024

Promulgaron la ley que aprueba el uso medicinal de la planta de cannabis

A través del Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo promulgó la ley. El médico Carlos Laje, fundador de la primera Clínica del Cannabis, expresó en Radio Brisas que "temo por la burocracia que genere".
miércoles 19 de abril de 2017
Promulgaron la ley que aprueba el uso medicinal de la planta de cannabis
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El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.350 que aprueba el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, a través de un decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Mauricio Macri, el Jefe de Gabinete, Marcos Peña y el ministro de Salud, Jorge Lemus. Por esto, El médico Carlos Laje, fundador de la primera Clínica del Cannabis en Córdoba, expresó en Radio Brisas que "“los interesados ahora deben registrarse y esperar novedades, temo por la burocracia que pueda generar el Ministerio, pero soy optimista”.

“Hay muchos artículos que confeccionamos desde hace años en la clandestinidad, que son investigaciones importantes, y ahora verán la luz pública. Podremos, al fin, distribuirlos entre la comunidad médica”, agregó.

La Ley, sancionada por el Congreso en marzo último, establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.

También dispone la creación del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, en la órbita del Ministerio de Salud.

Los objetivos del programa son emprender acciones de promoción y prevención orientadas a garantizar el derecho a la salud; promover medidas de concientización dirigidas a la población en general; establecer lineamientos y guías adecuadas de asistencia, tratamiento y accesibilidad; garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al programa, en las condiciones que establezca la reglamentación.

También deberá desarrollar evidencia científica sobre diferentes alternativas terapéuticas a problemas de salud, que no abordan los tratamientos médicos convencionales; investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados en la terapéutica humana; comprobar la eficacia de la intervención estudiada, o recoger datos sobre sus propiedades y el impacto en el organismo humano.

Además deberá establecer la eficacia para cada indicación terapéutica, que permita el uso adecuado y la universalización del acceso al tratamiento; conocer los efectos secundarios del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, y establecer la seguridad y las limitaciones para su uso, promoviendo el cuidado de la población en su conjunto.

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