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jueves 18 de abril de 2024

Montenegro arbitró los medios para el comienzo de las restricciones nocturnas

El intendente de General Pueyrredon "instruyó, a través del decreto 44/2021, a las fuerzas inspectivas y de seguridad del Municipio" a dar cumplimiento a los decretos del Presidente y del Gobernador.
lunes 11 de enero de 2021
Montenegro arbitró los medios para el comienzo de las restricciones nocturnas

En el debut de las restricciones nocturnas, que rigen desde este lunes de 1 a 6 en General Pueyrredon, el intendente Guillermo Montenegro instruyó "a través del decreto 44/2021, a las fuerzas inspectivas y de seguridad del Municipio" a dar cumplimiento a los decretos del Presidente y del Gobernador, informaron oficialmente.

"El Municipio de General Pueyrredon viene adoptando diversas medidas tendientes a proteger la salud de los marplatenses y batanenses y, al mismo tiempo, cuidar el empleo", confirmaron fuentes municipales, sobre la medida que suspenderá entre la 1 y las 6 toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa.

Durante ese plazo, en Mar del Plata quedará terminantemente prohibida toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, "exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente", especificó la medida.

Durante ese plazo, en Mar del Plata quedará terminantemente prohibida toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, "exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente", especificó la medida.

Asimismo se deberá reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos. Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.

También reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.

La nueva normativa habilita a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.

En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

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